Ante la ola de calor que atraviesa la ciudad y luego de los dos cortes de agua total que ocurrieron en una semana, el intendente Francisco Azcue declaró la Emergencia Hídrica por 90 días en Concordia, a través del Decreto 055/2025 con fecha 16 de enero y publicado en el Boletín Oficial Municipal este viernes 17 de enero.
La medida tiene su fundamento en la ola de calor que afecta a Concordia, incrementando el consumo de agua potable, lo que provoca un grave riesgo al normal funcionamiento de la planta potabilizadora y supone un perjuicio para toda la población, indicaron desde el Municipio.
¿QUÉ SIGNIFICA LA EMERGENCIA?
PROHIBICIÓN Según explicaron desde el Ejecutivo Municipal, el artículo 2 del Decreto establece que durante 90 días queda prohibido, "en todo el ejido de la ciudad de Concordia; el lavado de veredas fuera de lo establecido por las Ordenanzas vigentes, el riego de calles (con agua potable), el llenado y desagote de piletas y/o piletines, el lavado de vehículos automotores (auto, motos, camiones, camionetas; ómnibus, etc.), el lavado de frentes de viviendas, el vertido de agua a la vía pública, la limpieza y/o desinfección de tanques de agua y/o cisternas sin previa autorización municipal".
INSPECCIONES Asimismo, se dispuso el aumento del número de las inspecciones, tendientes a verificar el correcto y adecuado uso del agua potable, como así también el estricto cumplimiento de las restricciones establecidas. Y se facultó a los inspectores de EDOS (Obras Sanitarias), de la Dirección de Tránsito, y de Saneamiento Ambiental, a realizar actas cuando se detecten infracciones a esta normativa.
TAREAS Y GASTOS ADICIONALES Por último, en el artículo 5° del Decreto 055/2025, se autoriza "a todas las dependencias del Departamento Ejecutivo Municipal, a tomar los recaudos que estimen pertinentes a los fines de auxiliar a la población durante las jornadas de calor extremo -lo cual pone en riesgo la salud pública-, permitiendo la realización de tareas adicionales a las que habitualmente se llevan a cabo". Además de autorizar "todos aquellos gastos y contrataciones que sean necesarios a fin de asegurar la provisión y suministro de agua potable en todo el ejido municipal".
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